Les compartimos las principales actividades de las legisladoras del GEN de los primeros días del año.
Les compartimos las principales actividades de las legisladoras del GEN de los primeros días del año.

La Mesa Nacional de Juntos por el Cambio se reunió hoy y manifestó preocupación ante la grave situación económica que el Gobierno Nacional le dejará al próximo gobierno que no hace más que perjudicar a los argentinos, a los que condenan a este estancamiento permanente. Asimismo consideraron que la situación será mucho peor de la recibida en el 2015.
Además, la conducción nacional se expresó en contra de la utilización de instrumentos financieros en pesos, ajustados en dólares con tasas de interés imposibles de pagar, o en dólares a tasas usurarias. Con esto, el Gobierno Nacional no hace más que especular con dejar una bomba de tiempo al próximo Gobierno.
Durante el gobierno de Alberto Fernández, el endeudamiento público tuvo un aumento récord: creció ya en el equivalente a USD 83 mil millones, lo que genera una crisis de financiamiento en pesos que tuvo su epicentro en junio de 2022. Desde entonces, el Banco Central se vio obligado a comprar deuda pública por el equivalente a 2,3% del PIB, burlando los límites al financiamiento al Tesoro que fija su Carta Orgánica. Por su parte, el Tesoro Nacional comenzó a ejecutar sucesivos canjes de deuda que maquillan la falta de financiamiento genuino, a fin de evitar un nuevo default o una mayor monetización de la deuda pública. A pesar de la negación del Gobierno, esto ha puesto al país ante un delicado escenario de fragilidad financiera que eleva el riesgo de una salida caótica. En suma, una situación que, lejos de resolver los problemas, intenta irresponsablemente desplazar su impacto al día después de las elecciones.
Repudiamos la entrega arbitraria, por parte del Estado Nacional, de tierras a supuestos mapuches, que no son originarios del territorio argentino, y ratificamos que esa decisión va a ser dejada sin efecto por un próximo gobierno de Juntos por el Cambio. En este marco nos solidarizamos con los mendocinos.
Por otro lado, ratificaron el cumplimiento de las reglas electorales establecidas para todos los distritos por parte de la Mesa Nacional y la última declaración de los presidentes de los partidos. Además, se decidió el armado de una mesa política con dos representantes de cada partido para abordar la situación de las provincias con elecciones desdobladas.
Durante el encuentro, los presidentes de las fundaciones de los partidos expusieron acerca de los planes de gobierno en los que se vienen trabajando. Los acuerdos programáticos están muy avanzados desde el punto de vista técnico. Además, se convocará una jornada para trabajar sobre ellos y empezar a transmitirle a la sociedad cómo vamos a sacar a la Argentina del letargo en que la tiene este Gobierno.
Participaron de la reunión los presidentes de los partidos Gerardo Morales (UCR), Maximiliano Ferraro (CC), Patricia Bullrich (PRO), Miguel Ángel Pichetto (Encuentro Republicano Federal) y Sergio Abrevaya (GEN). También participaron el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, el gobernador de Mendoza, Rodolfo Suárez, el gobernador de Corrientes, Gustavo Valdés; los senadores nacionales Humberto Schiavoni (PRO), Luis Naidenoff, Alfredo Cornejo y Martín Lousteau (UCR); los diputados nacionales Cristian Ritondo, María Eugenia Vidal, Federico Angelini y Laura Rodríguez Machado (PRO), Mario Negri y Emiliano Yacobitti (UCR), Juan Manuel López (CC), Margarita Stolbizer (GEN), Ricardo López Murphy (Republicanos Unidos) y Alberto Asseff (UNIR); la diputada provincial Maricel Etchecoin (CC); los dirigentes Ramón Puerta (ERF) y Ernesto Sanz (UCR); los secretarios ejecutivos Jorge Triaca (PRO), Ramón Mestre (UCR), Andrés de Leo (CC) y Jorge Franco (ERF). También participaron los economistas Eduardo Levy Yeyati, Milagros Gismoldi, Hernán Lacunza Juan Carlos Sanchez Arnau, Luciano Laspina y Matías Sturt; y los presidentes de las fundaciones que integran Juntos por el Cambio: Agustín Campero (Alem); Franco Moccia (Pensar), Fernando Sánchez (Hannah Arendt) y Eduardo Mondino (Encuentro Federal).
En un contexto de baja credibilidad del gobierno

La diputada nacional Margarita Stolbizer (Encuentro Federal – JxC) presentó un proyecto de ley que busca ordenar la transición presidencial, es decir, el período entre la proclamación de la fórmula ganadora y la asunción del cargo. “El proyecto surge porque es necesario fortalecer la Democracia con diálogo, con pactos que cuenten con sentido de futuro y continuidad del Estado, mediante un régimen de transición ordenado y transparente”, explicó la diputada.
En el proyecto presentado -que surge en un contexto de baja credibilidad del Gobierno y que pone en permanente estado de alarma a nuestro sistema democrático- se establece la creación de una «Comisión de Transición” integrada en partes iguales por representantes del gobierno saliente y del entrante, cuyo objeto es la realización de un diagnóstico e informe del estado general del gobierno y de las cuentas públicas. Además, la Comisión deberá preparar y acordar todos los aspectos técnicos, organizativos, administrativos y logísticos para la asunción del nuevo gobierno.
“Es importante y necesario establecer un marco o régimen permanente de cooperación para transitar el tiempo entre un gobierno que debe dejar el poder y otro que lo asumirá por que es así como se puede recuperar la confianza social en las instituciones y tener mayor previsibilidad para las inversiones, el crecimiento, el empleo y para combatir la pobreza”, enfatizó Stolbizer.
Asimismo, a través de su proyecto la diputada establece que durante el período de transición se prohíbe la incorporación de nuevo personal a planta permanente como así también contraer deudas o comprometer el crédito público. “Lamentablemente, estas son prácticas frecuentes y recurrentes en los gobiernos cuando deben entregar el poder a un nuevo gobierno que no tiene el mismo color político”, remarcó Stolbizer.
Por irregularidades detectadas por la AGN
La diputada nacional Margarita Stolbizer solicitará la interpelación de la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, luego de que la Auditoría General de la Nación (AGN) comunicara irregularidades en las compras y contrataciones realizadas por ese Ministerio durante la emergencia sanitaria declarada por COVID 19. Además, Stolbizer presentó una denuncia ante la fiscalía de investigaciones administrativas para que se investigue la posible comisión de delitos.
“Ni el Estado ni la declaración de emergencia pueden ser usados para amparar conductas ruines y delictivas porque, una vez más, se juega con la vida y la salud de las personas. Los funcionarios deben dar explicaciones en el Congreso y la Justicia debe investigar”, enfatizó la diputa.
Estamos nuevamente frente a un episodio en el que funcionarios del Gobierno nacional actúan fuera de la ley. No es la primera vez que la emergencia es utilizada para sortear procedimientos formales y normados para las contrataciones y compras públicas, pese a que ello no debería en ningún caso considerarse una habilitación para dejar de lado la integridad y transparencia que debe existir en todas las acciones que los funcionarios llevan a cabo en tan condición.
Dentro de los hallazgos de la AGN -no siendo los únicos-, se puede mencionar:
– No se han presentado las declaraciones juradas relacionadas con intereses que pudieran afectar a los involucrados.
– Los productos adquiridos no contaban con la obligatoria certificación de ANMAT.
– Ausencia de informes técnicos en ocasiones en que correspondía haber contado con ellos.
– Falta de vinculación entre expedientes de compra y expedientes de pago.
– Errores de confección en la documentación que producen dudas respecto de la transparencia del proceso.
– Diferencias importantes entre las notas de crédito emitidas y el anticipo financiero previsto en los contratos.
– Diferencias entre las órdenes de pago y lo efectivamente facturado por las empresas.
– No hay informes de la Dirección de Contabilidad y Tesorería ni intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Y no se ha garantizado la integridad en la contratación y la observancia de la Ley de Ética Pública respecto de alguna de las empresas intervinientes, pudiendo observarse el conflicto de intereses o la comisión de delitos más graves contra la administración pública.
– No hay documentación respaldatoria de los precios de mercado y en muchos casos el monto de la compra excede el que estaba habilitado por la normativa.
Sin duda hay anomalías de índole administrativa pero también aparecen hechos que podrían constituir delito y esa es la razón que motiva una denuncia penal. Ellas son: las diferencias entre pagos autorizados y los efectivamente hechos, excediendo los montos; la compra de insumos que no contaban con la aprobación técnica del organismo a cargo, ANMAT; la AGN ha detectado también que la empresa privada Aeromedical S.A contó con un trato preferencial, incluso se emitió en su favor una orden de pago por la provisión de más de 3 millones de barbijos siendo que la firma ni siquiera había sido evaluada y no contaba con los informes que la norma requiere. Más grave aún es que el titular de dicha firma privada era un agente contratado por el estado en el mismo Ministerio que estaba contratando con ella.
Les compartimos las principales actividades de las legisladoras del GEN durante el 03/12 al 19/12.


La Declaración Universal de Derechos Humanos
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
Ahora, por tanto,
La Asamblea General,
Proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Les compartimos las principales actividades de las legisladoras del GEN durante la semana del 28/11 al 5/12.