STOLBIZER AMPLÍA DENUNCIA POR ASOCIACIÓN ILÍCITA

STOLBIZER AMPLIA DENUNCIA POR ASOCIACIÓN ILÍCITA
AMPLIA DENUNCIA.
Señor Juez:

Margarita Stolbizer, Diputada de la Nación, con el patrocinio de la Dra. Silvina A. Martínez T°94 F° 458 CPACF, manteniendo el domicilio constituido, con domicilio electrónico 27-28839286-8, en la causa respetuosamente digo:

1.OBJETO
Que vengo por el presente a ampliar la denuncia oportunamente interpuesta a fin de que se investigue la comisión del delito de asociación ilícita, ello a tenor de las consideraciones que a continuación se exponen.

La figura básica del delito de asociación ilícita se encuentra contemplada en el marco de las previsiones del Art. 210 del CPN, cuando prescribe que se reprime a quién “….tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas, destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación.” Se trata de castigar el hecho de formar parte de esa agrupación de personas destinada a delinquir, con independencia total y absoluta de la responsabilidad que individualmente pudiera llegar a incumbirle a cada uno de ellos por su intervención en el suceso delictual. Es decir, se pena el solo hecho de ser miembro de la asociación.

2.AMPLIA DENUNCIA.-
Desde el año 2003 y en el periodo que corresponde a las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner, diferentes funcionarios publicos (inclusive los presidentes mencionados) y empresarios privados claramente identificados por sus vínculos personales con aquellos, conformaron una asociacion ilícita vinculada a la obra publica. Ello con el exclusivo propósito de cometer diferentes delitos como malversación de caudales públicos, abuso de autoridad, lavado de dinero, entre otros. Esta asociación, además de los imputados en la presente causa, estaba conformada por el ex secretario de Obras Públicas del kirchnerismo José López, el empresario Lázaro Báez, el ex Ministro de Planificación Julio De Vido, el ex administrador de Vialidad Nacional Nelson Periotti, entre otros. Pero el responsable principal de esa organización (ya que no solo se unieron para cometer delito, sino que efectivamente los cometieron) fue hasta el año 2010 Néstor Kirchner y con posterioridad Cristina Fernández de Kirchner. Ello sin perjuicio de la determinación de otros niveles de participación que han tenido otros funcionarios como Ricardo Echegaray que también son materia de investigación judicial penal.

Y los delitos que eran el fin de la asociación ilícita pudieron concretarse gracias al encubrimiento y/o participación de diferentes funcionarios que estaban al mando de organismos claves tales como el Banco Nación, Banco Central, la UIF, la AFIP, la IGJ, solo para citar algunos.

¿Y cómo funcionó esta asociación ilícita? La mayor inversión en obra publica se destino a la provincia de Santa Cruz y el 80% de esas obras las ganó el empresario Lázaro Báez, hoy procesado por Lavado de dinero e investigado por varios otros delitos. José López, el ex secretario de Obras Públicas del kirchnerismo y hoy preso en la cárcel de Ezeiza por el bochornoso episodio de los casi 9 millones de dólares arrojados en un monasterio, enviaba un listado donde indicaba cuánto tenía que cobrar cada uno y siempre figuraba Lázaro Báez en primer lugar, aún cuando las obras no estaban certificadas y en muchos casos ni siquiera fueron realizados. La relación entre el empresario y el funcionario, ambos presos en el mismo penal, era muy estrecha. Los adelantos de obra eran el mecanismo predilecto de Báez y López para poder justificar millonarios desembolsos a empresas cercanas al kirchnerismo.

No solo Vialidad otorgaba privilegios al empresario más beneficiado con la obra pública por el kirchnerismo y socio comercial e inmobiliario de la ex familia presidencial. El Banco Nación otorgaba préstamos millonarios a la principal empresa del Grupo Báez, “cáscara” para desviar fondos públicos. Desde el año 2010 Austral Construcciones SA opera con el Banco Nación y año tras año se le ha permitido que su descubierto aumentara a ritmos millonarios al tiempo que se le otorgaban créditos a bajo interés. A esto cabe agregar los créditos y reestructuraciones de deudas otorgadas que le permitieron al empresario mejorar su estado de deuda a fin de posicionarse mejor en las licitaciones.

Pero el verdadero sostén financiero del grupo Báez fue a través de Nación Fideicomiso, a través de una estructura financiera diseñada por Leonardo Fariña cuando asesoraba a Báez y cuya operatoria habría sido descripta en su última declaración indagatoria en la causa conocida como La Ruta del dinero K. El fideicomiso estructurado se basaba en una emisión de $ 350.000.000, entregando en propiedad fiduciaria la totalidad de los certificados de obra de las tres empresas del grupo (Austral, Kank y Costilla y Sucesión de Adelmo Biancalani e hijos). De esta manera Lázaro Báez obtenía dinero inmediato y a su vez seguía cobrando la certificación de otras obras, sin depender de que la provincia le pagara, ya que como garantía del fideicomiso cedía certificados de obras. Esta operatoria transfirió el riesgo de pago de los certificados de obra al Banco Nación por obras que nunca se concluyeron.

Ya tenían la obra pública adjudicada con sobreprecios, habían cobrado el total a través de Nación fideicomisos y ahora faltaba justificar los supuestos “costos”. Y para ello utilizaban diferentes empresas de Bahía Blanca que emitían facturas falsas a cambio de un porcentaje del monto de dichas facturas. Se trataban de facturas sin contenido o importes falsos emitidas por redes de empresas ficticias cuyo verdadero y único objeto es la emisión de facturas falsas. Y así lograban justificar aproximadamente el 20% de los costos de cada obra.

Y una de las finalidades de esta asociación ilícita era lavar el dinero obtenido en forma ilegal y repartir el dinero. ¿Y como terminaba la historia? Mediante la entrega de parte del dinero obtenido en forma ilegal a las sociedades de la familia Kirchner, mediante la supuesta contratación de habitaciones en sus hoteles. Pero no solo Baez le alquilaba los Hoteles a la familia Kirchner, sino que tambien alquilaba diferentes inmuebles a través de contratos de alquiler que celebraban con Los Sauces SA, empresa dueña de diferentes propiedades en Capital Federal, Rio Gallegos, El Calafate y el Chalten.

Y estos vínculos entre Lázaro Báez y sus empresas junto con los Kirchner tienen como contrapartida un crecimiento patrimonial de estos últimos años en forma abrupta. Los Kirchner le alquilaban sus Hoteles y propiedades a Lázaro Báez. En el mismo periodo que los empresarios eran beneficiados con obra pública, los balances de las sociedades de los Kirchner declaran a las empresas de los beneficiados contratistas como acreedores y deudores de importantes sumas de dinero. Siempre intervienen las mismas empresas en el giro comercial de los Kirchner y justifican los magníficos ingresos de los Kirchner durante los últimos años.

La sociedad Los Sauces SA. fue constituída en el año 2006 por Néstor Kirchner, Cristina Fernández y Máximo Kirchner. Su única actividad ha sido la compra de inmuebles para ser alquilados. Pero lo que cierra claramente la figura delictiva denunciada es que esa sociedad y esa actividad solamente tuvieron como “clientes” a los empresarios Cristóbal López y Lázaro Báez a través de sus diferentes empresas. Los beneficiados con las decisiones políticas de los gobernantes eran quienes les transferían sumas millonarias a través de figuras jurídicas simuladas. Es evidente que la sociedad solo fue constituída con la finalidad de ser el instrumento jurídico a través del cual se realizaban esos pagos a través de la maniobra descripta.

Seguramente no fueron los únicos pagos ni la única forma de realizarlos. Pero ese vínculo existente y comprobado entre las partes, los contratos, las fechas, etc. son elementos suficientes para tener por comprobado el nivel de organización previo y acordado que los denunciaos tuvieron para llevar adelante la comisión de los delitos por los que son investigados o se encuentran imputados. Por lo tanto, la ampliación que se solicita en el presente implica que, sin perjuicio de la investigación que en cada caso corresponda por la comisión de los delitos oportunamente denunciados, también se debe imputar a los mismos por ser miembros de una organización destinada a cometer delitos, a quedarse con recursos públicos o con el retorno de las ganancias producidas por las decisiones de los funcionarios públicos.

Por último, sabemos que los delitos denunciados reseñados son objeto de investigación en diferentes causas en trámite ante diferentes juzgados. No pedimos su unificación sino que se investigue la conformación de una asociación ilícita a los fines de llevar a cabo los delitos que se han descripto.

3.DELITO DE ASOCIACION ILICITA
El Código Penal vigente tipifica la asociación ilícita en los siguientes términos: «Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años al que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos, por el solo hecho de ser miembro de la asociación».

La figura exige el concurso de un número no menor de tres personas, que en forma organizada y permanente, se pongan de acuerdo para cometer delitos, siempre y cuando dicha organización tenga un carácter estable que dé lugar a la existencia de un vínculo de comunidad y pertenencia entre sus miembros.

De acuerdo a la doctrina y a la jurisprudencia, el bien jurídico tutelado por el art. 210 del CPN es el orden público, entendido como sinónimo de paz pública o paz social. Donna afirma que lo que se protege cuando se habla de orden público es la paz pública, “en tanto sentimiento que tiene la generalidad de seguridad en el derecho y la fidelidad al orden normativo, en cuanto a la continuación y estado de la paz social” es idónea para causar un peligro, coincidiendo el momento consumativo con el de la conducta propiamente dicha, careciendo de relevancia que el resultado peligro se produzca”.

La CSJN, en el fallo “Stancanelli” interpreta los alcances del bien jurídico orden público cuando dice: “…ya que el orden público al que se alude es sinónimo de tranquilidad pública o paz social, es decir, de la sensación de sosiego de las personas integrantes de una sociedad nacida de la confianza de que pueden vivir en una atmósfera de paz social…”.

Claramente existía un acuerdo previo entre los miembros de esta asociación ilícita, manifestando su voluntad de obrar en coincidencia para cometer diferentes delitos que, en definitiva, implican una afectación al patrimonio del estado. Su propósito era delinquir. Lo característico de esta asociación ilícita era la finalidad de cometer delitos, ese era, pues, su objetivo esencial y el medio habitual para conseguir sus fines (obtener dinero de modo ilegal y lavado de estos activos). Y fácilmente puede observarse la permanencia en el tiempo de esta asociación ilícita, elemento que la distingue de otros delitos con pluralidad de personas.

El delito de asociación ilícita es independiente de la comisión o no de delitos, basta que se compruebe el acuerdo de voluntades entre sus integrantes. Por ello decimos que a cada uno de los delitos en si que hayan cometidos los sujetos imputados en la presente causa, debe sumarse el delito de asociación ilícita. Los delitos que se investigan son el resultado de la asociación ilícita.

La sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal en la causa “Diamante. Gustavo y otros s/ recurso de casación», resuelta el 26/4/2005, en el voto de la vocal preopinante Dra. Berraz de Vidal sostuvo: «(…) la asociación ilícita… configura un delito secundario o complementario si se tiene en cuenta que no reprime la participación en un delito, sino su participación en una asociación o banda que tiene el propósito de cometerlos sin que se haya de tener en cuenta su ejecución inejecución (…)». La acción típica será el “tomar parte» en la asociación. La que se da cuando se realiza un aporte a la actividad delictiva, que puede consistir en el “mero ser miembro» no exigiéndose por si una actividad material, sino «la de estar intelectualmente en el concierto delictivo que se forma o bien unirse al ya formado… Se requiere solamente una agrupación con cierto grado de organización cohesión y pertenencia»

Existía una organización interna con roles y deberes determinados cuyos jefes o cabeza de la banda era la familia Kirchner. Todos los miembros conocían y querían formar parte de la asociación ilícita que aquí se denuncia. Su única finalidad era cometer delitos. No había determinación en la cantidad de delitos que se iban a consumar.

En síntesis, producto de esta asociación ilícita se adjudicó un alto porcentaje de obra pública a Lázaro Báez y se aplicaron grandes sobreprecios en los costos de las obras adjudicadas, se omitieron todos los controles sobre este empresario, se le inyectaron fondos a sus empresas a través del Banco Nación, se generó una ingeniería de facturas apócrifas a fin de dotar de una apariencia de legalidad al dinero “extra”, se simuló una serie de contratos de alquiler de inmuebles y de hoteles a fin de “blanquear” el dinero que se llevaban los jefes y miembros de la asociación.

La corrupción es un fenómeno que nos afecta a todos. Es un flagelo moral, económico e institucional. Y debemos castigar cuando un funcionario ejerce actos de corrupción (cuando actúa o omite actuar en beneficio de si mismo o de un tercero) Pero cuando un grupo de personas se ponen de acuerdo a los fines de cometer delitos vinculados con la corrupción, abusando de su poder a fines de beneficiarse con el dinero del estado, claramente estamos en presencia de una asociación ilícita.

Por lo expuesto, solicito se tenga presente la ampliación de denuncia.
Ruego tener presente y proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA

Ampliación de denuncia por Asociación ilícita

ESTÁ PROBADO EL LAZO ECONÓMICO ENTRE CRISTINA, LÁZARO Y LÓPEZ

Margarita Stolbizer
Para la líder del GEN Margarita Stolbizer, la ex presidenta debería ser inhabilitada de por vida para ejercer cargos públicos. Evita hablar de alianzas, pero reconoce que el aislamiento perjudica.

La Voz – Por Mariano Bergero

Margarita Stolbizer, la principal denunciante en las causas en la que se investiga, entre otros, el delito de lavado de dinero en las que están involucrados Cristina Fernández y los empresarios K, asegura que a través del alquiler de inmuebles y de camas de hoteles, propiedad de la familia Kirchner, Lázaro Báez y Cristóbal López “devolvieron” favores por haberse quedado con buena parte de la obra pública y con negocios varios.

–¿Considera probados los lazos económicos entre la ex presidenta, Báez y López?

–Absolutamente probados. Especialmente con Lázaro Báez, con quien han tenido negocios en común. Primero, Néstor; y luego, Cristina. Tienen propiedades y sociedades. Pero el origen de los delitos, también comprobado y documentado, es que ambos empresarios, que han sido beneficiados con decisiones del gobierno, les han pagado sumas millonarias como alquileres que, a mi juicio, encubren el retorno de favores.

–¿Qué chances hay de que Cristina Fernández termine presa por las causas Hotesur y Los Sauces SA?

–Hay que intentar que no nos atrape la ansiedad y nos desvíe la atención. Lo importante es la investigación, el esclarecimiento sobre la comisión de los delitos, las responsabilidades; que se determine su culpabilidad. Es un proceso lento y complejo. Para mí, son varios delitos y podría haber un concurso o incluso una asociación ilícita con otras personas y eso agravaría la situación. Respecto del tema de la prisión, el Código Penal establece distintas penas, no sólo la prisión. Sería importante que se la condene a inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos. Falta mucho para llegar a una condena. Antes puede haber una preventiva, pero sólo si el juez estima la necesidad fundada en la gravedad, peligrosidad o riesgo de que intente obstruir la investigación. Conviene esperar.

–El kirchnerismo la denunció a usted por “tráfico de datos”. ¿Recibió información de la Afip para efectuar sus denuncias?

–Nunca. Ni siquiera conozco al funcionario al que acusan. Mis denuncias se basan todas en documentación pública, oficial, declaraciones juradas, sociedades.

–Hay dirigentes del Pro que dicen: “Margarita termina con nosotros o con Massa”, refiriéndose a las elecciones legislativas de 2017. ¿Esas son sus dos opciones?

–No estoy pensando en la elección del año que viene. Me ha costado recuperarme del mal resultado del año pasado a raíz de la fuerte polarización. Hay que esperar a ver cómo sigue el Gobierno. Lo que creo es que debemos abandonar una estrategia de aislamiento que no nos ha dejado bien parados. Pero falta mucho por recorrer. Y será una discusión en el marco de nuestro Partido y de las diferentes realidades provinciales.

–¿Cuál es su vínculo con Massa? ¿Se siente una aliada?

–Tengo una buena relación personal y de coincidencias políticas, en la lectura sobre el escenario y el amplio espacio de quienes votaron a Cambiemos, pero que hoy están dispuestos a mirar algo más. Y también nos piden controlar y poner límites al Gobierno sin pasarnos a la oposición kirchnerista o cristinista. Somos aliados en muchos temas que hacen a la defensa de intereses sociales, los trabajadores y los jubilados, la lucha contra la inflación.

–¿Qué análisis hace del Gobierno macrista?

–El Gobierno de Macri enfrenta situaciones complicadas no generadas, sino heredadas. Pero también ha tenido errores propios, como la intención de nombrar por decreto miembros en la Corte Suprema. Y también ha llevado adelante medidas que no comparto, como la quita de retenciones a las multinacionales megamineras. El Gobierno y el Gabinete tienen luces y sombras. Dependen demasiado de las encuestas y el marketing, y yo discrepo de su agenda de prioridades. No defienden a los trabajadores, a los jubilados, y no tienen un plan anti inflación que impida que los ingresos sigan perdiendo su valor, lo que perjudica a todos los sectores y también dificulta la inversión y la producción. Lo más positivo es el cambio de clima, el respeto a la diversidad, el diálogo, compartir y cooperar, no creerse dueños de la verdad, reconocer errores. Esto marca que estamos en un mejor camino.

–El desempeño de los candidatos provinciales del GEN fue magro en 2015 en Córdoba. ¿Cómo se trabaja para revertir esa situación de cara a las legislativas de 2017?

–En general, los resultados electorales del GEN en la elección del año pasado fueron malos en todos lados, incluso en provincia de Buenos Aires, donde siempre habíamos tenido nuestra fortaleza. Por eso, hay que tener una mirada y un análisis de conjunto. Porque fue general la respuesta de una sociedad que tuvo como prioridad eliminar el riesgo de continuidad del kirchnerismo en cualquiera de sus versiones. También, para otros, el riesgo podía ser Macri. Y terminamos entrampados en esa lógica. No nos arrepentimos. ¿Cómo recuperarnos? Es casi como empezar de nuevo: militar, escuchar y llevar nuestras ideas, recorrer, estar con la gente. Este año trabajamos mucho nuestra identidad y nuestras posiciones programáticas. El año próximo, hablaremos de cuestiones electorales.

–¿Descarta, a nivel provincial, llegar a algún acuerdo con Cambiemos? ¿O eso está supeditado a su estrategia a nivel nacional?

–Las estrategias electorales se decidirán en el nivel de las provincias, pero se discutirán en el marco de una coherencia nacional respecto de nuestra identidad y nuestro proyecto. Pero será el año que viene.

–¿Quiénes son sus referentes en Córdoba?

–Miguel Ortiz Pellegrini es miembro de nuestra mesa nacional y uno de los apoyos principales que he tenido en todos estos años para llevar adelante un proyecto federal y presidencial. Y Fernando Machado es el principal referente provincial. Pero junto a ellos hay una gran cantidad de personas, militantes de los diferentes pueblos, muchos jóvenes, que conforman nuestro partido en Córdoba.

RESPUESTA DE LA DIPUTADA MARGARITA STOLBIZER AL COMUNICADO DE PRENSA DE LOS SAUCES S.A.

Margarita Stolbizer
El comunicado admite los mismos hechos que constan en las distintas presentaciones que he hecho en sede judicial, ante la posible comisión de delito y a los fines de su investigación y sanción. Por supuesto, omite cualquier aclaración de los aspectos que resultan configurativos de los diversos tipos penales y le resulta imposible a la sociedad de quien fuera la Presidenta de la Nación hasta hace pocos meses, hacer ninguna consideración ética respecto de sus negocios y sociedades con los empresarios beneficiados de manera directa con las decisiones políticas de su gobierno.

1. Es cierto, como lo hemos dicho en las denuncias, que la actividad económica de la sociedad denominada Los Sauces SA es alquilar inmuebles de su propiedad. Nada aclara respecto a cómo una sociedad que no tuvo ningún movimiento ni operación desde su constitución en el año 2006 por Néstor, Cristina y Máximo Kirchner, puede hacer una inversión inmobiliaria millonaria en el año 2009. Ni aclara tampoco que algunos de esos inmuebles de su propiedad, como condominios fueron construidos por el empresario Lázaro Báez. Tampoco la sociedad ha considerado necesario aclarar a que fin le eran alquilados los inmuebles por los empresarios contratistas del estado nacional y provincial de Santa Cruz, porqué periodos, a que costo y con qué objeto. Sería oportuno que la Los Sauces SA fijara un domicilio real, no falso, y presente sus balances para conocer con precisión las sumas millonarias que le fueron transferidas por las empresas particulares cuyos titulares son Lázaro Báez y Cristóbal López.

2. No nos incumbe ni compartimos la descalificación que la empresa de la familia. Kirchner hace de un sector del Poder Judicial y de los medios. Desmiento haber recibido documentación por parte del Juez. Todas las presentaciones que he efectuado justamente se basan en el análisis de la documentación que es pública y oficial como son las declaraciones juradas, donde ningún esfuerzo podrá hacer posible justificar el patrimonio personal de los ex funcionarios, ni mucho menos sus incrementos durante los último los años. Investigamos el crecimiento del patrimonio de la sociedad, la compra de inmuebles, las diferencias de precios y fechas entre las declaraciones propias y los asientos el el registro respectivo de la propiedad inmueble. La única razón de la alta rentabilidad que año tras año viene teniendo la sociedad Los Sauces han sido las transferencias millonarias que han hecho en su favor los empresarios mencionados.

3. Exactamente eso es lo que hemos dicho en la denuncia que solo se refiere a la sociedad Los Sauces SA y que no debe confundirse con el Hotel del mismo nombre y que no es objeto de ninguna denuncia formulada por mi parte.

4. Es correcto y así lo he afirmado en infinidad de oportunidades. La familia Kirchner tiene esas tres sociedades: Hotesur SA, Los Sauces SA y. Coma SA. Si hubiera ánimo real de aclarar o brindar explicaciones se deberían dar por los hechos que han sido denunciados. Hotesur alquila habitaciones del hotel Alto Calafate de los. Kirchner primero a Lázaro Báez, luego a Sanfelice socio de Máximo, y sin perjuicio de la irregularidad manifiesta de la contratación con Aerolíneas Argentinas por la cual la empresa del estado le pago a la jefa del estado aproximadamente cinco millones de dólares. Los Sauces SA alquila inmuebles propios a empresas de Lázaro Báez y también de Cristóbal López. Pero el comunicado nada dice de esto. Y Coma es otra sociedad sin movimiento. El funcionamiento de estas sociedades es lo que ha reportado sumas millonarias a la familia Kirchner durante los últimos años. Sumas que le fueron pagadas por empresarios contratistas del Estado.

5. Ahora son los mismos autores del comunicado los que confunden la Sociedad con el Hotel. La información sobre un solo empleado está referida justamente a una sociedad que se ocupaba de dar inmuebles en alquiler y cobrar por ello sumas millonarias. Sin embargo, omiten decir que Los Sauces SA (la sociedad) fue administrada por Máximo Kirchner hasta el 2015 que fue quien, como Presidente de la empresa se ocupaba de los alquileres pagados por los mencionados empresarios Báez y López. Es evidente que la sociedad solo se manejaba con el jardinero de la familia para sostener semejante nivel de operaciones de administración y cobro de alquileres.

6. En este punto el comunicado omite decir que los terceros a quienes se daban en alquiler los inmuebles de Néstor y Cristina Kirchner eran siempre los contratistas del Estado. Se desconoce la existencia de otros inquilinos de la sociedad Los Sauces que no sean los mencionados a través de sus empresas. Y la relación contractual ha sido originada en los periodos en que los Kirchner ejercieron el cargo de Presidente de la Nación.

7. La familia Kirchner no ha explotado negocios hoteleros, dice el comunicado, de manera directa. Todo su texto ha confirmado los términos de mi denuncia penal, salvo la omisión a referirse a que los inquilinos de los inmuebles de la sociedad de la ex. Presidenta son los empresarios Lázaro Báez y Cristóbal López, tal vez los más beneficiados de manera directa por decisiones del gobierno que finalizó el pasado 10 de diciembre.

8. Finalmente el comunicado aclara que las sociedades han sido constituidas en el país, donde pagan impuestos e incluidas en las declaraciones juradas de los ex presidentes. Estando entonces reconocidos muchos de los hechos que hemos descrito en nuestras presentaciones, corresponde que la Justicia investigue, con relación a Los Sauces SA (emisora del comunicado que contesto), si fue utilizada como pantalla para disimular el pago de sobornos o retornos, y si la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner cobró coimas por medio de esa sociedad de parte de los empresarios Lázaro Báez y Cristóbal López, quienes figuran como los locatarios de los inmuebles de Los Sauces SA. Se deberá investigar si se pagaron alquileres a precios mayores a los precios de mercado y sin que se ocupen efectivamente. Este delito trae aparejada una pena de hasta 6 años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos. Y ello sin perjuicio de la investigación sobre la posible comisión de otros delitos como la falsificación de documentos públicos, enriquecimiento y asociación ilícita.

Es lamentable que una vez más, en lugar de presentarse a dar explicaciones, someterse a la acción de la Justicia, se recurre a la descalificación de los denunciantes, se usan agravios y mentiras. Y que una vez más, se use para hacer una comunicación, la misma cuenta de redes sociales Casa Rosada que ilegal y arbitrariamente y como tantas otras cosas, se apropiaron durante o al cese del ejercicio del poder.

No formo parte del gobierno y tampoco soy asidua concurrente de despachos judiciales. Creo en la democracia con diálogo y cooperación. Pero sobre todo trabajo para mejorarle la vida a la gente impidiendo que inescrupulosos delincuentes disfrazados de funcionarios puedan apropiarse de lo que a todos pertenece. Solo me anima la reconciliación de la política con la Ética. Argentina que necesita que exista una justicia independiente, que cada uno pague por lo que hace y que todas las personas seamos iguales ante la ley.

AMPLIA DENUNCIA. SE PRESENTA COMO AMICUS CURIAE

Sr. Juez:

Margarita Stolbizer, Diputada de la Nación, con el patrocinio de la Dra. Silvina A. Martínez T°94 F° 458 CPACF, constituyendo domicilio en Riobamba 25 de la C.A.B.A., con domicilio electrónico 27-28839286-8, en la causa respetuosamente digo:

1.OBJETO

Que vengo por el presente a ampliar la denuncia oportunamente interpuesta a fin de que se investigue la comisión del delito de cohecho previsto y reprimido en los arts 256 y concordantes del C.P.N, ello a tenor de las consideraciones que a continuación se exponen.

Que, por su parte, vengo por el presente, en los términos de la acordada CSJN 7/13 a presentarme como amicus curiae en la presente causa. La finalidad de esta presentación es brindar a V.S. elementos de derecho útiles para su consideración, trascendentes para la decisión del caso en el que se debaten asuntos que resultan de relevancia institucional y de interés público.

2.AMPLIA DENUNCIA.-

Que vengo por el presente a acompañar documentación que da cuenta del modo irregular en el que se adjudicaba la obra pública a las empresas de Lázaro Báez y como en forma paralela Cristina Fernández de Kirchner recibía dinero mediante un acuerdo que tenía la apariencia de un vínculo comercial pero encubría una promesa, en su condición de funcionario público, para otorgar más obra pública y omitir todo tipo de controles por parte del Estado. Lisa y llanamente el delito de cohecho en su expresión mas burda.

Hablamos de un acuerdo que consistía en la entrega continua de dinero por parte de un tercero (Lázaro Báez a través de sus empresas) a un funcionario público (la presidenta de la Nación a través de sus empresas) a fin de lograr que realice una determinada actividad (otorgar obra pública) u omisión funcional (carencia de control por parte de organismos públicos que debían hacerlo y que dependían de su competencia, tales como AFIP, UIF, BANCO NACIÓN, etc)

¿Y cómo funcionaba ese acuerdo? En primer lugar y de acuerdo a un informe de la Unidad de Auditoria Interna de Vialidad Nacional que acompaño, Lázaro Báez fue beneficiado con una enorme cantidad de obras públicas. Sus empresas obtuvieron el 80% de las licitaciones en obras de la provincia de Santa Cruz durante la presidencia de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner. Se trata en total de 51 obras que representan un valor de más de 16 mil millones de pesos (16.386 millones). Solo se han finalizado 24 obras. Hasta diciembre de 2015, las empresas del Grupo Báez habían cobrado cerca de $ 9.037 millones de pesos.

Ahora bien, 37 obras de la provincia de Santa Cruz fueron adjudicadas durante los mandatos presidenciales de Cristina Fernández (periodo 2007/2015). Y en este sentido cabe destacar la gran cantidad de obras que se le otorgó a esta provincia en desmedro de las otras, sumado a la delegación de funciones propias de la Dirección Nacional de Vialidad en la Administración General de Vialidad Provincial (AGVP)

Estas obras adjudicadas a Lázaro Báez tiene como características: duplicación de los plazos originarios establecidos, aumentos groseros de los costos, falta de cumplimiento de las condiciones de contratación, etc.

Sin entrar a analizar las características de cada obra en particular, me permito mencionar un caso particular que refleja la burda operatoria: obras básicas y pavimento de la ruta provincial Nº 47 que une la ruta 3 con Puerto Deseado, la cual es la mas cara del mundo.

Esta adjudicación dividida en dos tramos (expte Nº 0010562/2011 y expte Nº 0010563/2011) fue otorgada a empresas de Lázaro Báez. El primer tramo se adjudicó en la suma de $ 618.356.032 y el segundo en la suma de $613.430.468. Estas cifras crecieron sin límite durante estos años y a fines del 2015 la obra total de la ruta 47 tenía un valor de $2.345.994.614 por tan solo 200 km. Se trata de la obra más cara que se conozca a nivel nacional y hasta del exterior.

Ahora bien, veamos algunas particularidades de esta licitación. En el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz Nº 4490 del 5 de mayo de 2011 se lanzó la licitación pública Nº 11/11 y el 6/5/2011 se publicó la licitación 12/11. La apertura fue el 17 de mayo de ese año en la municipalidad de Puerto Deseado y se dejó expresa constancia que el llamado a licitación se realizaba con carácter de URGENCIA en virtud del artículo 31 de la ley 760 de Contabilidad de la provincia. Este concepto de URGENCIA es muy particular en este caso, ya que la obra comenzó dos años después, esto es en julio de 2013.

En uno de los tramos, la empresa favorecida fue Kank & Costilla, del grupo de Lázaro Báez. Y el otro tramo, fue adjudicado a la empresa Austral Construcciones S.A. También de Lázaro Báez.

El tramo adjudicado a la empresa Kank y Costilla tiene un avance de solo el 28%, sin embargo ya le abonaron a esta empresa la suma de $367.200.471. Por su parte, el tramo adjudicado a la empresa Austral Construcciones avanzo el 25% de la obra y fue ejecutada la suma de $264.573.835. Sin embargo, como pueden comprobarse en las fotos que se adjuntan es muy poco el trabajo que se hizo y nos encontramos con zonas en pésimas condiciones, alcantarillas de mala calidad y destruidas y pavimento roto.

Reiteramos después de observar las fotos: las empresas de Baez cobraron a la fecha la suma de $631.774.306 por esta obra en la ruta provincial Nº 47. Y a pesar de estos millones que se le han pagado a Lázaro Báez, continua siendo una ruta de ripio.

Según la revista especializada EL CONSTRUCTOR a la fecha de la adjudicación (2011) el costo promedio del KM en el caso de obra pública era de $1.018.624,78. En el caso de la Ruta 47 el km se abonó a razón de 6.349.594 al momento de la adjudicación. Es decir 6 veces más.

Esta misma revista en el año 2014 establecía que el costo promedio era de $1.742.863,80 el km en obras públicas. Sin embargo en el caso de la ruta provincial Nº 47 el costo del km es de $12.986.268 a fines del 2015.

Se le recomienda a VS que vuelva a observar las fotos que se acompañan. Y que se preste especial atención a las empresas que resultaron adjudicatarias de la obra pública. Se trata de Kank Y Costilla, empresa que para la misma época que ganaba este tipo de licitaciones y cobraba hasta 10 veces más el valor del km, le alquilaba inmuebles a la presidenta de la Nación. Sabemos que el grupo Báez se caracteriza por tener gran cantidad de inmuebles cada una de las empresas, como así también sus dueños en forma personal.

Ahora bien, a la par que resultaba beneficiado con contratos del Estado y desaparecían los controles del Estado, aumentaban los vínculos comerciales con la familia Kirchner, existiendo un intercambio de favores existente entre Lázaro Báez (contratistas de obra pública) y Cristina Kirchner como presidenta de la Nación, utilizándose la pantalla de alquileres de propiedades, entre otras operaciones comerciales.

Las operaciones descriptas no dejan margen a duda en relación al delito de cohecho prescripto en el artículo 256 del CPN. El tipo penal acepta que la recepción del dinero pueda ser realizada por el propio funcionario o por persona interpuesta que represente sus intereses. Esto se da en el caso que estamos analizando, ya que se utiliza una empresa (Los Sauces SA) como pantalla para aceptar el dinero que provenía de Lázaro Báez como devolución de favores.

Por su parte, no solo Lázaro Báez recibía como contrapartida más obra pública, sino que también obtenía beneficios que implicaban falta de controles por parte de diferentes organismos que debían fiscalizarlo. El retorno lo pagaba directamente a la Presidenta de La Nación. En este sentido la norma prevé el ejercicio de la influencia por parte del funcionario público que recibe el dinero sobre otro funcionario, no siendo necesario que este se encuentre subordinado. Aunque en este caso, tratándose de la máxima autoridad de un país, el resto de los funcionarios públicos que dependían del Poder Ejecutivo eran subordinados.

El artículo 256 del Código Penal establece que será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua el funcionario público que por si o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones. Por su parte, el artículo 258 CPN prevé que será reprimido con prisión de uno a seis años, el que directa o indirectamente diere u ofreciere dádivas en procura de alguna de las conductas reprimidas por el artículo 256.

En este caso, el sujeto activo del delito es la Sra. Cristina Fernández de Kirchner, en su carácter de funcionario público durante el periodo 2007/2015, quien aprovechando tal calidad recibió importantes sumas de dinero durante el periodo mencionado, utilizando la pantalla de una sociedad anónima, a cambio de realizar los actos necesarios para beneficiar al contratista de obra pública y omitir los controles por parte del Estado. Justamente el tipo penal introduce ña posibilidad de configurar la responsabilidad de esta forma con el objeto de asegurar la punibilidad de aquel funcionario aun cuando utilice el recurso de acudir a una persona interpuesta a través de la cual se oculta la actuación ilícita del funcionario y es lo que la doctrina denomina cohecho transversal.

En cada delito que constituye un acto de corrupción el bien jurídico lesionado es precisado por la doctrina y la jurisprudencia nacional y respecto del cohecho se entiende que se lesiona la irreprochabilidad, transparencia, objetividad e insospechabilidad exigidas por el ordenamiento jurídico y el sistema republicano de gobierno a sus funcionarios.

Vale recordar que el delito de cohecho protege el prestigio y la eficacia de la administración pública garantizando la probidad e imparcialidad de sus funcionarios y asimismo la eficacia del servicio público encomendado a éstos. Además, puede decirse que en el cohecho el bien jurídico es el principio de imparcialidad de la actuación de la administración pública como medio para alcanzar una satisfacción igual y objetiva de intereses individuales. En tal sentido, la jurisprudencia ha sostenido que «la figura del cohecho implica un resguardo de la administración pública frente a la venalidad de los funcionarios, es decir que el bien jurídicamente protegido en esta clase de delitos es siempre la moralidad y corrección que debe imperar en la administración pública”.

Esta estructura normativa por tanto, pretende evitar el doble aprovechamiento de la actividad pública en beneficio privado: del particular en la medida que obtiene una resolución que lo beneficia ilegítimamente y del funcionario público que recibe una recompensa por ello. En los hechos aquí denunciados se dan claramente los elementos del tipo requeridos para configurar el delito de cohecho denunciado.

Y en el caso en concreto que se ha denunciado y que aquí se amplia, lo cierto es que existía un sobreprecio en la obra pública adjudicada por parte del estado a las empresas de Lázaro Báez, tal como ha quedado sobradamente demostrado en la ruta provincial Nº 47, y esta circunstancia solo se entiende en la medida que este “excedente de dinero” se divida entre empresario y funcionario, beneficiándose ambos. Y así se ve reflejado en el alquiler que este mismo empresario realizaba de los inmuebles de titularidad de la presidenta de la Nación.-

En las acciones descriptas, se evidencia la finalidad de ambas partes (funcionario y empresario), esto es que el sujeto activo de este delito haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones, o haga valer su influencia funcional ante otro funcionario para que éste haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones. El delito se encuentra consumado con la recepción del dinero, independientemente si el funcionario cumplió o no con su parte del acuerdo. Aunque claramente en este caso, cumplió.

Finalmente, hay una dimensión internacional acerca de la persecución penal de actos de corrupción en tanto la República Argentina se ha comprometido en distintos instrumentos internacionales a la prohibición, persecución y sanción de actos de corrupción. En este sentido, la Convención Interamericana contra la Corrupción (OEA, elaborada el 29 de marzo de 1996, aprobada por ley 24.759 -B.O. 17-1-97- y ratificada el 9 de octubre de 1997) tiene el propósito de “promover y fortalecer el desarrollo… de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción” (preámbulo) como el compromiso de “adoptar las medidas legislativas o de otro carácter que sean necesarias para tipificar como delitos en el derecho interno los actos de corrupción descritos en el artículo VI. 1 de ese instrumento” (art. VII). El preámbulo de la Convención Interamericana contra la Corrupción establece claramente que los delitos allí definidos, entre los que se encuentra el cohecho, atentan directamente contra los derechos políticos consagrados en el art. 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos como derechos humanos fundamentales.

3.AMICUS CURIAE
3.1 LEGITIMACIÓN

La institución del amicus curiae es una figura clásica, cuyos antecedentes se remiten al derecho romano y que, con el correr del tiempo, fue incorporándose a la práctica judicial de los países de tradición anglosajona. Ya a comienzos del siglo XV en el derecho inglés se autorizaba la actuación de un extraño, en carácter de «amigo del tribunal», a fin de producir peticiones en un juicio.

La evolución contemporánea de la figura, en el marco del derecho anglosajón y del derecho internacional de los derechos humanos, reviste a la presentación de una nota distintiva en orden a la justificación de la procedencia de la opinión que se ofrece al tribunal: el carácter, trascendencia o interés público de la cuestión debatida.

Esa vinculación entre la discusión judicial de cuestiones de interés público y la posibilidad de que personas, grupos o instituciones interesadas en la proyección colectiva de las decisiones de la magistratura presenten sus respectivas opiniones sobre el tema ante el tribunal, no hace más que reforzar el aspecto participativo de la forma republicana de gobierno.

La presentación del amicus curiae no produce perjuicio contra ninguna de las partes del litigio ni tiene entidad para retardar o entorpecer el proceso. En fin, no existen razones de economía procesal ni de preservación del equilibrio entre partes que lleven a desechar la posibilidad de presentación en carácter de amicus curiae.

La figura del amicus curiae (amigo del Tribunal) fue reglamentada mediante la Acordada 7/2013 de la CSJN, poniendo fin a la existencia de eventuales dudas respecto de la procedencia de esta presentación. De esta forma, consolidó una práctica que se venía desarrollando, en relación al ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a peticionar ante las autoridades. Asimismo, como una consolidación del compromiso con la búsqueda de la resolución más justa e integral del caso.

La norma citada permite autorizar sin más la presentación de este escrito, sujeto al análisis de los requisitos y la mención de nuestra opinión de la causa para una mejor dilucidación.

3.2 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

Los requisitos esenciales para que una persona física o jurídica participe en esta calidad son:

1) Tener una reconocida competencia sobre la cuestión debatida en el pleito; 2) Fundamentar el interés público de la causa, y 3) Informar sobre la existencia de algún tipo de relación con las partes del proceso.

Debe admitirse la participación como amicus curiae a quien desea colaborar en la investigación de hechos de corrupción, máxime cuando tal participación colabora con las tareas del Ministerio Publico en la persecución de delitos de compleja investigación. Así se me reconoció en otras causas judiciales que mi pretensión es demostrativa de un compromiso en la lucha contra la corrupción y de mi deseo de actuar por los carriles legales e institucionales.

Las cuestiones que se debaten en el presente caso poseen una trascendencia que supera el mero interés de las partes, ya que los derechos involucrados poseen importancia central para la vigencia de nuestro estado de derecho democrático. En el plano normativo, nuestro país por ley 24.759 (BO del 17/1/97) aprobó lo dispuesto en la Convención Interamericana contra la Corrupción, en donde los Estados parte se comprometieron a combatir la corrupción en todas sus formas, realizando los esfuerzos que resulten necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas. Sin duda que la Convención Interamericana contra la Corrupción es “derecho de los derechos humanos” que obliga a los Estados a incorporar al derecho interno sus disposiciones y aplicarlas efectivamente.

La Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (CNUCC) y la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC), ambas ratificadas por Argentina, hacen referencia a la participación de la sociedad civil en los procesos judiciales en los que se investiga la comisión de delitos que se traten de casos de corrupción.

El artículo cuarto de la CICC dice: “A los fines expuestos en el Artículo II de esta Convención, los Estados Partes convienen en considerar la aplicabilidad de medidas, dentro de sus propios sistemas institucionales, destinadas a crear, mantener y fortalecer… 11. Mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción.” Además, el artículo segundo de ese mismo ordenamiento dispone “Los propósitos de la presente Convención son: 1. Promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción…”.

Por otra lado, la CNUCC en su decimotercer artículo dispone que “Cada Estado Parte adoptará medidas adecuadas, dentro de los medios de que disponga y de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, para fomentar la participación activa de personas y grupos que no pertenezcan al sector público, como la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones con base en la comunidad, en la prevención y la lucha contra la corrupción, y para sensibilizar a la opinión pública con respecto a la existencia, las causas y la gravedad de la corrupción, así como a la amenaza que ésta representa…”.

En resumen, las convenciones internacionales contra la corrupción ponen en cabeza del Estado Nacional la obligación de generar mecanismos de participación de la sociedad civil en este tipo de causas. Asimismo, no puede dejar de soslayarse que los hechos de corrupción suelen traer aparejadas violaciones a los derechos humanos que afectan al desarrollo económico y a la formulación de políticas públicas (Ver por ejemplo http://www.baselgovernance.org/fileadmin/docs/pdfs/Publications/WPS_05_Poverty_and_Corruption.pdf)

4.ACONSEJA SE CITE A DECLARACIÓN TESTIMONIAL

Que atento que la empresa los Sauces SA posee un solo empleado, habiendo desvinculado al mismo recientemente, conforme la documentación que se acompaña, aconsejo se lo cite a declaración testimonial. Habiendo consultado la base de datos Nosis surge que se trata de Ramón Anjel Díaz Díaz, (DNI 18864353) un jubilado de 68 años que vive en el Calafate y que prestó servicios para la empresa hasta marzo de este año.

Ruego tener presente y proveer de conformidad,

SERA JUSTICIA

Descargar ampliación de denuncia completa

STOLBIZER APORTÓ NUEVOS ELEMENTOS EN LA CAUSA DE RUTA DEL DINERO K

Martin Baez
18/03/2016.
En el marco de las investigaciones del Juez Sebastián Casanello en la causa de la Ruta del dinero K, la Diputada Margarita Stolbizer se presentó esta mañana para acercar algunas consideraciones que pueden contribuir al avance de la misma.

El juez aceptó antes de ahora a Stolbizer como amicus curiae (amiga del Tribunal) y en esa calidad, la Diputada aporta elementos y propone medidas que puedan conducir al esclarecimiento de los delitos que se investigan.

«Los videos que se conocieron esta semana han puesto al desnudo las operaciones que venimos denunciando y que se estaban investigando. Ahora es esperable que se acelere el proceso, especialmente luego de la decisión de citarlos a declaración indagatoria. Falta incorporar al propio Lázaro Baez porque es sabido que todas las personas que aparecen en las filmaciones eran parte de una organización de la cual el padre de Martin Baez era una figura central, no solo por su papel, sino por su estrecha vinculación con la familia Kirchner que es adonde finalmente también tendrán que ir a parar estas investigaciones.»

Stolbizer presenta la evolución patrimonial de Martin Baez: «En el año 2008 era titular de 5 inmuebles y era accionista de las siguientes empresas: Hyu Kar SA ( empresa dedicada a la venta de autos nuevos); Estrella del Sur; Valle Mitre SRL, Projet One (empresa dedicada a la venta de autos usados cuenta con baja de impuestos de oficio en AFIP), Hosteria Petrel SA, MYP SA, Epsur SA, Loscalzo y Del Curto SRL, La estación SA, Alucom Austral SRL, Austral Agro SA (empresa inactiva), Valle Hermoso SRL (empresa con CUIT cancelada), Austral Desarrollo Inmobiliaria (empresa inactiva), Don Francisco, Austral Construcciones S.A., Misahar SA, Fiduciaria Edificio Northville SA, Sur Combustible SA., Capgri SA, Austral Atlántica SA (empresa inactiva). Su patrimonio era de tan solo $ 1.308.398 ya que le debía a la empresa Austral Construcciones mas de 23 millones.

En el 2009 y 2010 su patrimonio era negativo, aunque suma varios inmuebles en El Calafate, Rio Gallegos y Ciudad de Buenos Aires. Y adquiere acciones de las empresas Alternativa SA y ACUN LEUFU SA (Empresa dedicada a la explotación agro ganadera con baja de impuestos de oficios por AFIP).

Y en el 2011 pega el gran salto en su patrimonio ascendiendo a la suma de de $ 21.311.420 y suma acciones en las siguientes empresas: -EPELCO SA; PETROLERA PUNTA QUILA SA; ESCALATUR SA. En el 2012 y 2013 tiene inversiones en el extranjero y su patrimonio llega a la suma de $ 29.864.510».

«Tal como podrá detectarse en las declaraciones juradas de Martin Baez, todos los periodos adquiría inmuebles y no se desprendió de ninguno. Igual sucedió con su participación accionaria en diferentes compañías: todos los años sumaba nuevas empresas y no vendió acciones en ninguna que le permitiera tener efectivo para trasladar a la financiera».

También la Diputada y presidenta del Partido GEN hace referencia en su presentación a sumas de dinero no declaradas, tanto en el país como en el exterior y algunas serán motivo de nuevos elementos que ser irán agregando en los próximos días.

Stolbizer considera que «no solamente se está en el camino de poder avanzar en la investigación del lavado de dinero de lo que ya existen evidencias suficientes, sino también en la existencia de los delitos precedentes que generaron el dinero de origen ilícito que luego es ingresado en el circuito legal a través de las operaciones de los involucrados.»

CAUSA HOTESUR: CRISTINA KIRCHNER DEBERÍA SER PROCESADA


La diputada nacional y líder del GEN visitó los estudios de InfobaeTV. «Con Massa estamos caminando la avenida del medio», aseguró.

Margarita Stolbizer cargó duro contra la ex presidente Cristina Kirchner en la causa Hotesur.»Cristina debería terminar procesada. Primero debe ser llamada a indagatoria. A mí me gustaría que la pena sea una inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos y tengan que devolver lo que se llevaron».

Para Stolbizer el dato más indignante son las casi 48.000 noches que Aerolíneas Argentinas (AA) contrató a los hoteles de la familia Kirchner. «Es una aberración configurativa de delito. Es la empresa del Estado que contrata el hotel de la jefa del Estado. Como mínimo es algo incompatible con la función pública».

La diputada agregó que AA no era el único organismo del Estado que participaba del alquiler de habitaciones. «También el Ministerio de Industria, admitido por la ex ministra Débora Giorgi. En medio del cepo, los contratos eran en dólares», completó.

Consultada por la reacción política que podría generar un eventual procesamiento de la ex presidente, la jefa del GEN describió con dureza los movimientos que podría haber en el peronismo. «Van a empezar a saltar a buscar otros destinos. Nadie la va a acompañar hasta la puerta del cementerio. El mejor ejemplo es Bossio».

Respecto a una posible alianza con el jefe del Frente Renovador y ex candidato a presidente Sergio Massa, Stolbizer admitió una buena sintonía. «Estamos caminando con Massa por la avenida del medio. Esto no implica una alianza electoral. Puede ocurrir que el año que viene compitamos adentro de ese espacio del medio». La semana pasada ambos dirigentes se mostraron juntos para presentar una agenda parlamentaria común en la Cámara baja.

Margarita Stolbizer se mostró molesta con las declaraciones de la titular de la Oficina Anticorrupción Laura Alonso que admitió haber cambiado de postura sobre la publicación de las clausulas secretas en el contrato entre la empresas Chevron e YPF. «Las declaraciones de Alonso son una vergüenza. Se deberían haber callado la boca. Hay un fallo de la Corte Suprema diciendo que muestren las cláusulas secretas del contrato. Hay que poner a alguien más independiente. Hay que terminar con el secretismo».

STOLBIZER DEFENDIÓ SU DERECHO A SER QUERELLANTE EN LA CAUSA HOTESUR

STOLBIZER PIDIÓ INVESTIGAR "QUÉ HAY ATRÁS DEL OCULTAMIENTO" DE DATOS EN HOTESUR
09/03/16
La diputada Margarita Stolbizer se presentó hoy a la audiencia convocada en la Cámara Federal de Casación Penal para defender su derecho a ser querellante en la causa Hotesur.

Allí fundamentó “Voy a fundar mi reclamo a ser aceptada en calidad de querellante, en la invocación del derecho constitucional, sustancial, por la ‘gravedad institucional’ que tiene la presente causa en la que se investigan delitos vinculados con la corrupción. La gravedad institucional son las cuestiones que exceden el mero interés individual afectando de modo directo el interés general, el de la comunidad. Por otra parte, esa gravedad es porque lo que se encuentra en juego son principios básicos de la Constitución, el estado de derecho, las instituciones. Además, cuando se habla de corrupción también decimos que tiene costos sociales y humanos, y entraña una violación a los derechos fundamentales de las personas, especialmente las más vulnerables frente a la acción ilícita que los discrimina y los excluye. Finalmente, la gravedad institucional también ha quedado en evidencia porque desde el inicio de esta causa (que solamente yo he promovido) no se ha presentado ninguno de los organismos del estado que debieron haberlo hecho reclamando el lugar del querellante, como la Oficina Anticorrupción, la AFIP, la UIF, el Banco Central, u otros y como sí lo han hecho en otras causas”.

“Por esta gravedad es que solicito que, frente a una norma procesal, solo instrumental como es el art.82 del código procesal, la cámara de casación haga ceder, pueda prescindir de ella apuntando a las razones constitucionales que fueron expuestas y se me acepte como querellante en la causa en la que se investigan delitos contra la administración pública”.

«Mi intención es cooperar en la causa, estoy convencida que mi participación no generaría inconveniente sino que, por el contrario, lo que llevo investigado podría constituir un aporte al proceso. No solo como ciudadana sino como Diputada de la Nación solicito ser admitida en esta causa como querellante con el espíritu de aportar pruebas que pueden sumar a la búsqueda de la verdad», finalizó

De acuerdo con lo previsto por el Código Procesal Penal, pasada la instancia de la audiencia de hoy, la Cámara de Casación tiene un plazo de cinco días hábiles para definir si acepta o rechaza el planteo de Stolbizer.

STOLBIZER PIDE LA INDAGATORIA DE CRISTINA Y MÁXIMO KIRCHNER EN LA CAUSA HOTESUR

Hotesur
Solicitó a Carlos Stornelli que los convoque para que den explicaciones sobre el manejo de los hoteles familiares; el fiscal debe decidir si le eleva o no el pedido a Rafecas.

La Nación – La diputada nacional Margarita Stolbizer (GEN) le pidió hoy al fiscal federal Carlos Stornelli que cite a prestar declaración indagatoria a la ex presidenta Cristina Kirchner y su hijo, Máximo, en el marco de la causa Hotesur.

Stolbizer solicitó al funcionario que convoque a la antecesora de Mauricio Macri y al líder de La Cámpora para que den explicaciones sobre el manejo de los hoteles que pertenecen a la familia Kirchner. En el expediente se investiga a la ex mandataria y a su entorno más cercano por supuestas maniobras de lavado de dinero.

Fuentes judiciales indicaron hoy que la solicitud comprendió también a los empresarios Lázaro Báez, titular de Austral Construcciones y adjudicatario de obras públicas; Osvaldo Sanfelice, socio de Máximo Kirchner en su inmobiliaria de Río Gallegos, y a su esposa, Marta Alcira Leiva.

Stolbizer describió una serie de maniobras supuestamente irregulares que habrían perpetrado en las compras y ventas de las sociedades que integran «Hotesur S.A.», en el pedido que presentó al fiscal federal Carlos Stornelli que deberá resolver si lo eleva al juez federal Daniel Rafecas.

La causa

La causa «Hotesur» investiga presunto lavado de dinero en los emprendimientos hoteleros de la familia de la ex presidenta Cristina Kirchner.

En ella están siendo investigados Romina Mercado, presidenta de Hotesur y sobrina de Cristina Fernández; el empresario Antonio Ramfos, titular de Credisol S.A., además de Fernández, Kirchner, Báez, y Sanfelice.

STOLBIZER SERÁ «AMICUS CURIAE» EN UNA CAUSA JUDICIAL QUE INVESTIGA A LÁZARO BÁEZ

STOLBIZER AMPLIÓ LA DENUNCIA CONTRA LÁZARO BÁEZ ANTE EL JUEZ CASANELLO
13 de noviembre.
El juez Casanello habilito esa posibilidad en la causa en la que la diputada se había presentado pidiendo la ampliación de la investigación por el uso de facturas truchas emitidas por empresas de Bahía Blanca. En la misma causa también había solicitado la inclusión del titular de la AFIP Ricardo Echegaray.

Mediante una resolución de fines de octubre y notificada en el día de ayer, el Juez Sebastián Casanello, titular del Juzgado Criminal y Correccional No.7, Expte.3215/15, caratulado «Imputado: Báez Lázaro y otro s/ averiguación de delito», dio por recibida una cantidad de documentos importantes para la investigación de maniobras que podrían constituir el delito precedente del lavado de dinero proveniente de la corrupción en el manejo de obra pública y sobreprecios concedidas al empresario Lázaro Báez por el gobierno nacional.

En el mismo fallo, el Juez Casanello, si bien advierte la imposibilidad procesal de reconocer a Stolbizer como querellante en la causa por no considerarla como «afectada por el daño que el delito comporte», considero que «no corresponde negar la intervención a quien desea investigar hechos de esta naturaleza (corrupción), máxime cuando el Estado, que se ha obligado internacionalmente a su castigo, no logra casi imponer sanciones porque investiga defectuosamente o no investiga. »

«Tal participación en el proceso estaría fomentada por los instrumentos internacionales -Convención Interamericana contra la Corrupción y Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción- y vendría a significar una colaboración en las tareas del Ministerio Público en la persecución de delitos de compleja investigación. La pretensión de la Sra.Diputada Nacional es demostrativa no solo de su firme compromiso en la lucha contra la corrupción sino de su deseo de actuar por los carriles legales e institucionales, asumiendo las responsabilidades que el rol de actor dentro del proceso conlleva».

Y cita a la Cámara, sala I: «Los jueces democráticos no pueden ser enemigos de la participación ciudadana y por el contrario, deben alentarla y promoverla.»

El Juez reconoce los límites procesales a la participación pretendida (como querellante) pero reconoce la posibilidad de que la legisladora asuma el papel de «amiga del tribunal» o «amicus curiae», según antecedentes y el Reglamento para esos casos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para el caso de personas que no fueran parte del pleito, cuando se debatan cuestiones de incidencia colectiva o interés general.

La Diputada nacional del Partido GEN y ex candidata presidencial de Progresistas, aceptara la invitación y actuara en esa condición para colaborar con el proceso de investigación de hechos que podrían constituir delitos por parte de Lázaro Báez, socio de la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

Stolbizer participó la semana pasada de la VI Conferencia de Naciones Unidas contra la Corrupción. También obtuvo días pasados diversos fallos a su favor obligando al estado nacional a facilitar información sobre diversas cuestiones por el derecho de acceso a la información pública.

Fallo adjunto (Cedula recibida el 11-11-15)

HOTESUR- Negocios y Amigos. ¿Llega la IMPUNIDAD?

HOTESUR
«Rafecas tiene la causa planchada impidiendo que se avance en la investigación. Que sepa el juez que no voy a bajar los brazos ni a ser cómplice de la impunidad.”

21 de octubre.
La candidata a Presidenta de la Nación por PROGRESISTAS y denunciante de la causa Hotesur, Margarita Stolbizer presentó esta mañana ante la prensa un informe sobre la situación actual de la causa N° 11352/2014, basado en tres ejes: a) el análisis de los negocios y vinculaciones societarias de la Presidenta de la Nación y de su socio y contratista del estado, Lázaro Baéz, y de las pruebas acumuladas como consecuencia de los allanamientos dispuestos por el Juez Claudio Bonadío; b) el papel del estado y las contrataciones de Aerolíneas Argentinas y el Hotel Alto Calafate, entre otras; y c) estado de la causa judicial y la inacción del Juez Rafecas, alertando sobre la posibilidad de que éste pueda disponer el archivo. El informe será presentado mañana ante el fiscal Stornelli solicitando que se promueva la investigación y se pidan las medidas necesarias.

“La causa hoy está demostrando una intencionalidad que existe por parte de los jueces que manejan esa documentación (Rafecas y los camaristas Freiler y Ballestero), de planchar y paralizar la causa Hotesur. Buscan que no se pueda avanzar en la investigación que hoy más preocupa al gobierno y que involucra de manera directa a la familia presidencial”

“Hoy, el riesgo es que nos podamos encontrar en los próximos días con una resolución judicial del Juez Rafechas mandando la causa al archivo aprovechando la atención puesta en el proceso electoral. Rafecas ya lo adelantó al pedir a los jueces Ercolini, Casanello y López Biscayart un informe para contrastar si el objeto que investigan es el mismo, en caso de encontrar puntos comunes buscaría los argumentos para archivarla o derivarla.”

La candidata a la Presidencia puso de manifiesto las transferencias millonarias que durante varios años hiciera Lázaro Baez a través de muchas de sus empresas, mostrando además las coincidencias entre las sumas pagadas en concepto de alquileres y los retiros de dividendos que en los mismos años hicieron Cristina Fernández, Máximo y Florencia Kirchner. También recordó que el camarista Freiler es primo del cónyuge de Romina Mercado, sobrina de la presidenta de la nación, y presidenta ella misma de Hotesur SA, Patricio Pereyra Arandia. Pese al rechazo de la recusación que hiciera el mismo magistrado, Stolbizer también mostró una resolución suya de mayo de este año donde designa al hermano de Patricio, Mariano Pereyra Arandia como Secretario de Cámara en el ámbito de la sala a su cargo. «No puede ser el magistrado que entienda en la alzada de la causa Hotesur quien es familiar de la presidenta de la empresa».

Stolbizer enviará además una Carta Alerta buscando el compromiso público del resto de los candidatos presidenciales, respecto de la continuidad de la causa: “Queremos que ellos también se comprometan en tomar lo que nosotros hemos incluido en nuestra plataforma que es la causa juzgada irrita, para que ante un cierre irregular y fraudulento de las causas judiciales donde se investigan los hechos de corrupción por parte de los funcionarios públicos, puedan ser revisadas y reabiertas. La lucha contra la corrupción y la justicia independiente no puede ser solamente una iniciativa propia, sino que debe comprometer igualmente a todos los candidatos a suceder a este gobierno.”

Se adjunta informe completo y diapositivas de la presentación

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FOTO: PRENSA STOLBIZER.