{"id":10306,"date":"2019-12-26T18:06:48","date_gmt":"2019-12-26T21:06:48","guid":{"rendered":"https:\/\/www.partidogen.org.ar\/web\/?p=10306"},"modified":"2022-06-27T18:31:24","modified_gmt":"2022-06-27T21:31:24","slug":"protocolo-para-la-prevencion-y-actuacion-ante-situaciones-de-discriminacion-y-o-violencia-de-generos-diversidades-y-disidencias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.partidogen.org.ar\/web\/protocolo-para-la-prevencion-y-actuacion-ante-situaciones-de-discriminacion-y-o-violencia-de-generos-diversidades-y-disidencias\/","title":{"rendered":"Protocolo para la prevenci\u00f3n y actuaci\u00f3n ante situaciones de discriminaci\u00f3n y\/o violencia de g\u00e9neros, diversidades y disidencias"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/www.partidogen.org.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Protocolo-prevencio\u0301n-y-actuacio\u0301n-ante-discriminacio\u0301n-violencia-de-ge\u0301neros-diversidades-disidencias-PARTIDO-GEN.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Ver Protocolo prevencio\u0301n y actuacio\u0301n ante discriminacio\u0301n-violencia de ge\u0301neros-diversidades-disidencias PARTIDO GEN<\/a><\/p>\n<p>Este protocolo constituye una herramienta para todas las personas que est\u00e9n atravesando o tengan conocimiento de situaciones de violencia, discriminaci\u00f3n o acoso dentro del \u00e1mbito partidario.  Tiene como objetivo principal proponer mecanismos de prevenci\u00f3n y establecer el procedimiento institucional y los principios rectores para la actuaci\u00f3n ante dichas situaciones.<\/p>\n<p>El enfoque de g\u00e9neros constituye una metodolog\u00eda que analiza y visibiliza las desigualdades a partir de las diferencias que atraviesan las relaciones sociales.  Con la mirada puesta en revertir las injusticias que viven las personas a partir de las asimetr\u00edas de g\u00e9neros, el Partido GEN incorpora esta perspectiva para contribuir con diferentes acciones a la reflexi\u00f3n sobre los desaf\u00edos que se les plantean a las instituciones partidarias, a sus autoridades y a sus adherentes, militantes y afiliadxs, promoviendo la igualdad, la no discriminaci\u00f3n y la no violencia. <\/p>\n<p>El trabajo en la prevenci\u00f3n respecto de la violencia de g\u00e9neros, deber\u00e1 comprender un abordaje integral abarcando diferentes iniciativas como la concientizaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n, el trabajo en red, producci\u00f3n de recursos comunicacionales y la realizaci\u00f3n de talleres de capacitaci\u00f3n. <\/p>\n<p><strong>OBJETIVOS<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; Garantizar un ambiente libre de discriminaci\u00f3n, acoso, hostigamiento y violencias, en cualquiera de sus formas, promoviendo condiciones de igualdad y equidad.<\/p>\n<p>&#8211; Adoptar y promover medidas de prevenci\u00f3n, sensibilizaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y cualquier otra acci\u00f3n que se considere pertinente, como herramientas para erradicar y combatir todo tipo de discriminaci\u00f3n, acoso, hostigamiento y violencias, en cualquiera de sus formas.<\/p>\n<p>&#8211; Poner a disposici\u00f3n de las personas afectadas el asesoramiento y asistencia integral, sin excluir otros mecanismos previstos por las leyes.<\/p>\n<p>&#8211; Propiciar un ambiente de contenci\u00f3n para que las personas afectadas puedan denunciar dichas situaciones de forma inmediata. <\/p>\n<p>&#8211; Generar \u00e1mbitos de confianza y seguridad para que las personas afectadas puedan exponer su situaci\u00f3n, a fin de hacerla cesar de inmediato y establecer, en su caso y a trav\u00e9s de los procedimientos de investigaciones vigentes, las responsabilidades y sanciones correspondientes. <\/p>\n<p>&#8211; Establecer el procedimiento institucional y los principios rectores para la actuaci\u00f3n en el \u00e1mbito partidario ante situaciones de discriminaci\u00f3n y\/o cualquier hecho que implique violencia de g\u00e9neros. <\/p>\n<p>&#8211; Generar un proceso transparente frente al tratamiento de las situaciones de discriminaci\u00f3n, acoso, hostigamiento y violencias, en cualquiera de sus formas. <\/p>\n<p><strong>\u00c1MBITO DE APLICACI\u00d3N.<\/strong><br \/>\nEste Protocolo se aplica a todas las personas adherentes, militantes y afiliadas al Partido GEN en todo el territorio argentino (de aqu\u00ed en m\u00e1s, denominadas militantes).  Regir\u00e1 sobre las relaciones interpersonales dentro del \u00e1mbito de la militancia y del trabajo en los \u00e1mbitos de actividad partidaria. \u00c9stas incluyen las comunicaciones o contactos establecidos a trav\u00e9s de medios tecnol\u00f3gicos y\/o virtuales, tales como tel\u00e9fonos, internet, redes sociales y otros.<\/p>\n<p><strong>PREVENCION<\/strong><\/p>\n<p>Todas las sedes partidarias deber\u00e1n tener un cartel a la vista con la siguiente inscripci\u00f3n: \u201cEl Partido GEN cuenta un protocolo de actuaci\u00f3n frente a situaciones de discriminaci\u00f3n y\/o violencia de g\u00e9neros, diversidades y disidencias.  Todas las personas est\u00e1n protegidas frente a estas situaciones.  V\u00eda de comunicaci\u00f3n: <a href=\"mailto:noalaviolencia@partidogen.org.ar\">noalaviolencia@partidogen.org.ar<\/a> \u201d.<\/p>\n<p>Con el fin evitar las situaciones que pudieran importar alguna forma de discriminaci\u00f3n, acoso, hostigamiento y violencias, en cualquiera de sus formas, las autoridades del partido ser\u00e1n responsables de la creaci\u00f3n de un entorno en el que la dignidad de las personas sea respetada.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 evitado todo tipo de hostigamiento sea en los niveles de dependencia jer\u00e1rquica como entre pares. Se fomentar\u00e1 un buen clima de participaci\u00f3n y respeto, con una cultura de la prevenci\u00f3n para evitar situaciones de conflicto derivadas de las cuestiones definidas en este protocolo. Se incentivar\u00e1 la cooperaci\u00f3n y confianza en las relaciones entre todas las personas y de manera permanente.<\/p>\n<p>A los fines de la prevenci\u00f3n tambi\u00e9n se realizar\u00e1n capacitaciones y campa\u00f1as de difusi\u00f3n, poniendo \u00e9nfasis en los factores de riesgo y en la formaci\u00f3n necesaria para la detecci\u00f3n de situaciones particulares que deban ser atendidas. <\/p>\n<p><strong>CONSULTAS Y\/O DENUNCIAS.<\/strong><\/p>\n<p>Las consultas y\/o denuncias podr\u00e1n ser iniciadas por las personas involucradas (militantes del Partido GEN o no) o por cualquier miembro del partido que sea testigo de los derechos vulnerados por las situaciones que este Protocolo contempla. En este \u00faltimo caso, se promover\u00e1 una entrevista con la persona afectada siempre y cuando esto no implique su revictimizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Actuaci\u00f3n de oficio: M\u00e1s all\u00e1 de lo establecido en los puntos anteriores, le cabe a las autoridades partidarias la facultad de la actuaci\u00f3n de oficio.<\/p>\n<p>En todo lo que no se disponga expresamente en este Protocolo, deber\u00e1 atenderse a lo dispuesto en la Ley 26.485 y concordantes. <\/p>\n<p><strong>DEFINICIONES B\u00c1SICAS.<\/strong><\/p>\n<p><strong>VIOLENCIA DE G\u00c9NEROS, DIVERSIDADES Y DISIDENCIAS<\/strong><\/p>\n<p>A los efectos de este Protocolo, se entiende por violencia toda conducta, acci\u00f3n u omisi\u00f3n, que de manera directa o indirecta, afecte la vida, salud, libertad, dignidad, integridad f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual, econ\u00f3mica o seguridad personal. <\/p>\n<p><strong>Tipos de violencia:<\/strong><br \/>\n<strong>Violencia f\u00edsica<\/strong>: Es el uso intencional de la fuerza f\u00edsica hacia una persona, grupo o comunidad, que tiene como consecuencias probables lesiones f\u00edsicas o da\u00f1os psicol\u00f3gicos.<\/p>\n<p><strong>Violencia psicol\u00f3gica:<\/strong> Toda acci\u00f3n u omisi\u00f3n cuyo prop\u00f3sito sea degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones por medio de la intimidaci\u00f3n, manipulaci\u00f3n, amenaza directa o indirecta, acoso, hostigamiento, humillaci\u00f3n o cualquier otra conducta u omisi\u00f3n que implique un perjuicio en el desarrollo integral o la autodeterminaci\u00f3n, que ocasione da\u00f1o emocional, disminuya la autoestima, perjudique o perturbe el sano desarrollo de las personas, y dem\u00e1s situaciones expresadas en la ley 26.485, art\u00edculo 5, inc. 2. <\/p>\n<p><strong>Violencia sexual:<\/strong> Cualquier comportamiento, verbal o f\u00edsico, de naturaleza sexual, no consentido por parte de quien lo recibe, que tenga el prop\u00f3sito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante, ofensivo u hostil. <\/p>\n<p><strong>Violencia Laboral:<\/strong> Toda acci\u00f3n, omisi\u00f3n o comportamiento destinado a provocar, directa o indirectamente, da\u00f1o f\u00edsico, psicol\u00f3gico o moral a un trabajador o trabajadora, sea como amenaza o acci\u00f3n consumada. <\/p>\n<p><strong>Violencia Simb\u00f3lica:<\/strong> La que a trav\u00e9s de patrones y estereotipos, nos dicen \u201cc\u00f3mo debemos ser\u201d. Es decir, cuando a trav\u00e9s de mensajes, valores, \u00edconos e im\u00e1genes, se transmite y reproduce dominaci\u00f3n, desigualdad y discriminaci\u00f3n en las relaciones sociales, naturalizando la subordinaci\u00f3n. Incluye el desprecio y la burla por identidades de g\u00e9neros, el temor o desconfianza y la justificaci\u00f3n de la violencia o subordinaci\u00f3n. <\/p>\n<p><strong>Violencia pol\u00edtica:<\/strong> La descalificaci\u00f3n y\/o denigraci\u00f3n de la participaci\u00f3n pol\u00edtica, realizada p\u00fablicamente o de manera privada, basadas en razones de g\u00e9neros, identidades diversas o disidentes. Este tipo de violencia tambi\u00e9n incluye el impedimento u obstaculizaci\u00f3n de la realizaci\u00f3n de la carrera pol\u00edtica. <\/p>\n<p><strong>Acoso por raz\u00f3n de g\u00e9neros:<\/strong> Cualquier comportamiento realizado en funci\u00f3n del g\u00e9nero de una persona o grupo de personas, con el prop\u00f3sito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona o del grupo, o de crear un entorno intimidatorio, degradante, ofensivo u hostil. El condicionamiento de un derecho o la una expectativa de derecho, est\u00e1n contemplados en esta definici\u00f3n cuando implica la aceptaci\u00f3n de una situaci\u00f3n de hostigamiento o la manifestaci\u00f3n de conductas compulsivas de solicitud de favores sexuales. <\/p>\n<p><strong>DISCRIMINACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p>Se entender\u00e1\u0301 como acto discriminatorio cualquier acci\u00f3n u omisi\u00f3n que tenga por finalidad realizar distinci\u00f3n, exclusi\u00f3n o restricci\u00f3n al desenvolvimiento de una persona o que afecte su dignidad, basado en motivos tales como la etnia, la nacionalidad, la situaci\u00f3n socioecon\u00f3mica, la religi\u00f3n o creencia, la sindicalizaci\u00f3n o participaci\u00f3n en organizaciones gremiales, las identidades de g\u00e9neros, el estado civil, la edad, la apariencia, la enfermedad o discapacidad. <\/p>\n<p><strong>PRINCIPIOS RECTORES.<\/strong><\/p>\n<p>Perspectiva de g\u00e9neros, diversidades y disidencias, reconociendo las asimetr\u00edas de poder existentes.<br \/>\n<strong>Celeridad y eficacia:<\/strong> Se deber\u00e1 actuar con la mayor celeridad posible a los fines de una actuaci\u00f3n efectiva. <\/p>\n<p><strong>Intervenci\u00f3n:<\/strong> Garantizar un procedimiento que satisfaga los recaudos de confidencialidad e imparcialidad, de un justo proceso, el derecho a la defensa, la razonabilidad de los plazos y la garant\u00eda en la resoluci\u00f3n de conflictos. <\/p>\n<p><strong>No revictimizaci\u00f3n:<\/strong> Quien consulte o denuncie debe ser escuchada\/o con respeto y de manera confidencial, en un entorno de contenci\u00f3n y reserva, sin menoscabo de su dignidad y sin intromisi\u00f3n en aspectos irrelevantes, resguardando la voluntad de quien denuncia. Deber\u00e1 evitarse la innecesaria exposici\u00f3n y reiteraci\u00f3n de actos de las personas afectadas (denunciado\/a y denunciante), como as\u00ed tambi\u00e9n su exposici\u00f3n p\u00fablica o datos que permitan identificarlas\/os. <\/p>\n<p><strong>Asistencia integral:<\/strong> Deber\u00e1 procurarse asistencia integral a la persona afectada en todo tr\u00e1mite que efect\u00fae a partir de la denuncia. <\/p>\n<p><strong>Informaci\u00f3n:<\/strong> Las personas involucradas deber\u00e1n, en todo momento, tener a su alcance informaci\u00f3n \u00fatil y clara respecto del procedimiento y de los derechos que les asisten. <\/p>\n<p><strong>PROCEDIMIENTO DE ATENCION DE DENUNCIA.<\/strong><\/p>\n<p>El procedimiento es confidencial, no se difundir\u00e1n datos personales de quienes intervengan en el proceso. <\/p>\n<p>Las consultas y\/o denuncias se realizar\u00e1n ante el Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas o, en su defecto, ante el\/la Presidente\/a del Partido Nacional. El Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas ser\u00e1 el responsable por el desarrollo del sumario, a pedido de la persona denunciante o del\/la Presidente\/a del Partido, ya que este\/a \u00faltimo\/a deber\u00e1 compeler a la acci\u00f3n al Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas.<\/p>\n<p>La consulta y\/o denuncia podr\u00e1n ser realizadas en forma presencial, por correo postal o al correo electr\u00f3nico: noalaviolencia@partidogen.org.ar, casilla de correo que ser\u00e1 administrada por el Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas.  El Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas tendr\u00e1 la responsabilidad y obligaci\u00f3n de difundir dicha direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico a trav\u00e9s de las p\u00e1ginas oficiales del partido, tanto nacional como provinciales.<\/p>\n<p>Formulada la denuncia, el Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas solicitar\u00e1 una entrevista personal, virtual o telef\u00f3nica que se deber\u00e1 pactar dentro de los tres (3) d\u00edas h\u00e1biles siguientes, respetando la privacidad y principios rectores. <\/p>\n<p>Quien reciba la denuncia deber\u00e1 confeccionar un informe por escrito con relato de lo sucedido, que ser\u00e1 parte de las actuaciones. <\/p>\n<p>A los efectos de llevar adelante los procedimientos instructivos se designar\u00e1 una Comisi\u00f3n Ad Hoc cuya integraci\u00f3n num\u00e9rica deber\u00e1 ser impar, contando con un m\u00ednimo de 3 (tres) integrantes, uno\/a de ellos\/as ser\u00e1 designado\/a como coordinador\/a. Estas personas deber\u00e1n acreditar experiencia y\/o formaci\u00f3n en la defensa de los derechos humanos, de las mujeres y de las disidencias.<\/p>\n<p><strong>Inhabilidades \/ Recusaciones.<\/strong><br \/>\nEn caso de que existan conflictos de inter\u00e9s respecto de alg\u00fan miembro de la Comisi\u00f3n Ad Hoc, dicho miembro podr\u00e1 ser recusado, a solicitud del mismo, de una de las partes, o de un tercero interesado en el procedimiento. <\/p>\n<p>Los criterios para determinar el conflicto de inter\u00e9s ser\u00e1n, entre otros, los siguientes:<br \/>\nRelaci\u00f3n de parentesco por consanguinidad o afinidad con las personas involucradas en la denuncia. <\/p>\n<p>Relaci\u00f3n conocida de amistad.<br \/>\nSer denunciado\/a o denunciante.<br \/>\nRelaci\u00f3n de subordinaci\u00f3n de la persona denunciante respecto del miembro de la Comisi\u00f3n Ad Hoc. <\/p>\n<p>Cualquiera de las\/os integrantes de dicha comisi\u00f3n podr\u00e1 ser recusada\/o tanto por el\/la denunciante como por el\/la denunciado\/a. Esta recusaci\u00f3n podr\u00e1 ser sin causa en una oportunidad y s\u00f3lo contra un miembro de la Comisi\u00f3n Ad Hoc. En caso de existir m\u00e1s de una objeci\u00f3n, \u00e9stas deben ser argumentadas en relaci\u00f3n a las inhabilidades detalladas en los p\u00e1rrafos precedentes. <\/p>\n<p>Si la situaci\u00f3n expuesta habilita la v\u00eda judicial, la persona consultante\/denunciante podr\u00e1 hacer uso o no de esa instancia, pero en ning\u00fan caso las acciones que deban tramitarse en el marco de este procedimiento interno depender\u00e1n del inicio o del resultado de las acciones civiles y\/o penales. <\/p>\n<p>Durante el per\u00edodo de investigaci\u00f3n la Comisi\u00f3n Ad Hoc tendr\u00e1 la facultad de indagar sobre los hechos guardando la m\u00e1s estricta confidencialidad para respetar el derecho a la reserva e intimidad de todas\/os las\/os implicadas\/os. <\/p>\n<p><strong>Prueba.<\/strong><br \/>\nLa Comisi\u00f3n Ad Hoc receptar\u00e1 todos los medios de prueba presentados por las partes y podr\u00e1, asimismo, gestionar los que estime pertinentes.<br \/>\nEl per\u00edodo de investigaci\u00f3n no podr\u00e1 exceder el plazo de veint\u00fan (21) d\u00edas corridos.<br \/>\nTerminado este per\u00edodo, la Comisi\u00f3n Ad Hoc deber\u00e1 enviar a las partes los puntos de prueba a controvertir. <\/p>\n<p>Las partes, a su vez, contar\u00e1n con un plazo de siete (7) d\u00edas h\u00e1biles para hacer observaciones a la prueba rendida por la contraparte. Ser\u00e1 obligaci\u00f3n de la parte que sus testigos presenten prueba durante este plazo. <\/p>\n<p><strong>Decisi\u00f3n.<\/strong><br \/>\nFinalizada la etapa de la investigaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n Ad Hoc en un plazo no mayor a diez (10) d\u00edas h\u00e1biles, elevar\u00e1 un informe al Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas donde dictaminar\u00e1 si es aplicable este Protocolo y si los hechos denunciados constituyen una vulneraci\u00f3n de derechos y garant\u00edas aqu\u00ed tutelados. Si el dictamen resultara afirmativo, el Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas determinar\u00e1 la sanci\u00f3n y verificar\u00e1 el cumplimiento de la misma.<\/p>\n<p><strong>APELACI\u00d3N.<\/strong><br \/>\nEl dictamen emitido por la Comisi\u00f3n Ad Hoc podr\u00e1 ser apelado ante la Mesa Nacional dentro de un plazo de diez (10) d\u00edas h\u00e1biles posteriores a la notificaci\u00f3n a las partes de dicho dictamen.<\/p>\n<p><strong>MEDIDAS CAUTELARES.<\/strong><br \/>\nCuando la gravedad de los hechos denunciados lo amerite, o exista la probabilidad de la continuidad del da\u00f1o sufrido por la v\u00edctima, la Comisi\u00f3n Ad Hoc podr\u00e1 solicitar al Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas la aplicaci\u00f3n de medidas cautelares tales como la suspensi\u00f3n provisoria de la afiliaci\u00f3n, la separaci\u00f3n del\/a denunciado\/a de cualquier actividad donde participe la militancia o la suspensi\u00f3n de los cargos partidarios si los tuviere.<\/p>\n<p><strong>DISPOSICI\u00d3N TRANSITORIA.<\/strong><br \/>\nEl Tribunal Nacional de \u00c9tica y Garant\u00edas tendr\u00e1 la responsabilidad y obligaci\u00f3n de difundir el presente Protocolo de manera tal que cada persona adherente, militante y afiliada al Partido GEN tenga conocimiento del mismo.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.partidogen.org.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/Protocolo-prevencio\u0301n-y-actuacio\u0301n-ante-discriminacio\u0301n-violencia-de-ge\u0301neros-diversidades-disidencias-PARTIDO-GEN.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Ver Protocolo prevencio\u0301n y actuacio\u0301n ante discriminacio\u0301n-violencia de ge\u0301neros-diversidades-disidencias PARTIDO GEN<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este protocolo constituye una herramienta para todas las personas que est\u00e9n atravesando o tengan conocimiento de situaciones de violencia, discriminaci\u00f3n o acoso dentro del \u00e1mbito partidario.  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